La UTE asegura que ha habido una fórmula topada sin criterios de competitividad y errores en la lectura e interpretación de las propuestas técnicas
La UTE integrada por Agencia Aragonesa de Noticias, BGL y Central Broadcaster Media (CBM), del Grupo Secuoya, ha presentado un recurso especial en materia de contratación al Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón por la adjudicación del contrato de suministro de materiales destinados a la producción de programas informativos y deportivos de Televisión Autonómica de Aragón a la oferta presentada por Chip Audiovisual SA (Grupo Heraldo), el pasado 7 de mayo de 2015.
Según se desgrana del recurso, en la citada adjudicación, la TVAA ha incurrido en errores en la valoración y puntuación de la oferta técnica presentada por la citada UTE (CBM, BGL y Agencia Aragonesa de Noticias) los cuales han favorecido injustificadamente a la actual adjudicataria del contrato.
En primer lugar, se sospecha de la legitimidad de la fórmula de valoración de las ofertas económicas previstas en los pliegos del contrato, desvirtuando la bajada económica de los licitadores en virtud de los criterios subjetivos otorgados en la oferta técnica. CBM recalca que la fórmula planteada por el órgano de contratación no fomentaba que los licitadores presentasen ofertas económicas competitivas, con bajadas superiores al 5%.
Además, el recurso advierte de los errores en los que incurre TVAA en la valoración de la oferta técnica presentada por la UTE, con una valoración en la que se han aplicado criterios arbitrarios y discriminatorios que sobrepasan con mucho los límites de discreccionalidad técnica que se le otorgan a la administración. Existe, según la compañía, un error en la valoración del apartado de “organización y estructura”, en la que existe una diferencia entre la puntuación de Chip Audiovisual (Grupo Heraldo) y la de la UTE de 13 puntos que no se ajustan a la realidad ni se soporta con criterio objetivo alguno.
Ejemplo de ello es que, a pesar de que en su oferta la UTE manifiesta expresamente que la TVAA es la titular y responsable de la línea editorial de la cadena, el informe de valoración de la mesa de contratación estima que es la peor valorada por arrogarse funciones y responsabilidades que están reservadas exclusivamente a la cadena, interpretando erróneamente que la mencionada UTE pretende controlar la línea editorial de los informativos, prerrogativa que se descuenta que solo tiene la propia TVAA. Todo ello es del todo incierto, ya que la oferta técnica del demandante contempla que la ejecución de los servicios “se realizarán bajo la dirección de los responsables de informativos, producción y dirección de TVAA y siempre bajo supervisión de su representante”.Idéntico talante se desprende en las valoraciones relativas a la descripción de las funciones de las distintas áreas se refiere: redacción, editor jefe, realización y producción que presenta la UTE en su oferta.
Así pues, es evidente que se ha producido error ya que desde la UTE sí se reconoce expresamente que sería TVAA la que marque la línea editorial de los contenidos, tal como se prevé expresamente los pliegos. Esta circunstancia evidencia que la reducción de puntos por esta causa que realiza la TVAA es un claro error que, de no ser subsanado, no tendría otro sentido que favorecer criterios subjetivos injustificables.
Además, el informe de valoración establece que la oferta de CBM, Agencia Aragonesa de Noticias y BGL garantiza 14 coberturas simultáneas cuando en realidad la oferta era de 22, ocho más que lo mínimo exigido en los pliegos y seis por encima de las ofertadas por Chip Audiovisual (Grupo Heraldo) y tres más que la propuesta de Liquid (Mediapro), siendo sin embargo la de la UTE la peor puntuada en este apartado. Es evidente que este error material en la contabilización del número de coberturas simultáneas va en perjuicio de los licitadores en algo tan objetivo y claro como el número de coberturas.
La valoración técnica del órgano contratante incurre, además, en nuevos errores como el que afecta a la valoración de apartado de dotación de personal, en el que mientras que la propuesta de la UTE es casi idéntica a la presentada por el resto de licitadores, existe una diferencia de 4 puntos en relación a la empresa adjudicataria que no se ajusta a lógica alguna, entre otras razones porque existía la obligación de subrogarse al 100% de la plantilla respetando sus categorías profesionales. Se llega incluso al absurdo en algunos casos como el relativo a los vehículos que se ofertan destinar a la prestación del servicio, que si bien en el caso de la UTE, en la descripción de características del vehículo cumple con creces los exigidos por TVAA, por el mero hecho de que adjunte una fotografía a meros efectos ilustrativos, manifiesta, literalmente que: “no se especifica marca y modelo del vehículo todoterreno, incluyendo únicamente una foto de un modelo que no lleva reductoras”, cuando en la oferta técnica de la UTE se dice expresamente que se ofrecen vehículos con las características requeridas por TVVA (“todoterreno con tracción a las cuatro ruedas (4×4) y machas reductoras”).
Estas irregularidades, así como todas las registradas en el recurso administrativo presentado hoy, exigen una revisión de las puntuaciones o de los criterios utilizados por la mesa de contratación que, desde la UTE se entiende que han sido debidos a un error sin mala fe.